El Gobierno de Aragón hace pública una Ordenanza Municipal tipo en materia de contaminación acústica.

La Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático del Gobierno de Aragón hizo pública la Ordenanza Municipal Tipo en materia de contaminación acústica que puede servir de modelo a aquellos municipios de más de 20.000 habitantes a la hora de elaborar una Ordenanza en esta materia. Así mismo, todos aquellos que deseen elaborarla de manera voluntaria, lo podrán hacer, como establece la Ley 7/2010, de 18 de noviembre, de protección contra la contaminación acústica de Aragón.

El objetivo de este tipo de ordenanza es el de ”prevenir, vigilar y reducir la contaminación acústica para evitar y reducir los daños que puedan derivarse para la salud humana, los bienes o el medio ambiente”. Por ello prevé la función inspectora, las sanciones que conlleva, los índices permitidos y los métodos de medición.

Los municipios de más de 20.000 habitantes deberán elaborar sus propios mapas de ruido, estableciendo áreas de sensibilidad acústica, las de uso residencial, uso terciario, uso industrial, etc.

Cabe destacar que el texto es de carácter orientativo, y por tanto, no vinculante, pero recoge los preceptos básicos que deben aplicar los municipios en materia de contaminación acústica.

Sin duda, se trata de un avance en tema de contaminación atmosférica y en el desarrollo sostenible de los municipios. Esta podría ser una acción a tener en cuenta en el Plan de Acción Local de la Agenda 21 Local.

Podéis leer dicha ordenanza en la siguiente dirección:

http://www.aragon.es/estaticos/GobiernoAragon/Departamentos/MedioAmbiente/Documentos/Areas/Ruido/ordenanza_ruido.pdf

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